viernes, 18 de mayo de 2007

Democracia Estado de las Autonomias




Tras la aprobación de la Constitución de 1978, España se vertebra en 17 comunid de autónomas y dos ciudades autónomas. Cada autonomía se divide en varias provincias (excepto las uniprovinciales) que son las mismas, salvo modificaciones menores, que las de la división de Javier de Burgos.
Las diecisiete autonomías son: Andalucía, Aragón, Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, País Vasco, Principado de Asturias, Región de Murcia, La Rioja. A esto se añaden las ciudades de Ceuta y Melilla, segregadas en 1995 respectivamente de las provincias de Cádiz y de Málaga, que adquirieron el estatuto de ciudades autónomas.

Reforma territorial de 1833


Artículo principal: División territorial de España en 1833

Mapa de la división territorial de 1833.
Esta reforma llevada a cabo por Javier de Burgos en 1833 se ha mantenido prácticamente sin cambios (a nivel provincial) hasta la actualidad. Dividía el territorio español en 49 provincias a partir de un criterio racional, con un tamaño relativamente homogéneo y eliminando la mayor parte de los exclaves y enclaves propios del Antiguo Régimen.
Destaca como principal diferencia que las islas Canarias no habían sido divididas en dos provincias todavía, siendo Santa Cruz de Tenerife su capital; así, con la aparición de la provincia de Las Palmas se aumentó el número de provincias a 50.
Al año siguiente, 1834, se consolida la división provincial con la creación de los partidos judiciales, a los que pertenecerían los ayuntamientos, y que serán competentes como juzgados de primera instancia e instrucción. En 1868 había en España 463 partidos judiciales. Además, estos partidos judiciales servirán de base para hacer los distritos electorales y la recaudación de las contribuciones a Hacienda, lo que explica, también, el éxito del proyecto

Division territorial de 1822

Mapa de la división territorial de 1822.
Tras el levantamiento del general Riego, durante el Trienio Liberal (1820-1823), se impulsa la construcción del Estado liberal, y con él se promueve una nueva división provincial, aunque primero se recuperan las diputaciones de 1813. Se trataba de que esta división alcanzara a todo el país, sin excepciones, y fuera la trama única para las actividades administrativas, gubernativas, judiciales y económicas, según criterios de igualdad jurídica, unidad y eficacia.
En enero de 1822 se aprueba, con carácter provisional, una división provincial de España en 52 provincias, ya agrupadas en 15 regiones:
Andalucía: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.
Aragón: Calatayud, Huesca, Teruel y Zaragoza.
Asturias: Oviedo.
Baleares: Baleares
Canarias: Canarias
Castilla la Nueva: Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Madrid y Toledo.
Castilla la Vieja: Ávila, Burgos, Logroño, Palencia, Santander, Segovia, Soria y Valladolid.
Cataluña: Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona.
Extremadura: Badajoz y Cáceres.
Galicia: La Coruña, Lugo, Orense y Vigo.
León: León, Salamanca, Villafranca del Bierzo y Zamora.
Murcia: Chinchilla y Murcia.
Navarra: Pamplona.
Valencia: Alicante, Castellón, Játiva y Valencia.
Vascongadas: Bilbao, San Sebastián y Vitoria.
Algunas de estas provincias aparecen por primera vez, como las de Almería (desgajada del tradicional Reino de Granada), Huelva (del Reino de Sevilla), Calatayud o Logroño, y otras aparecen con nombre nuevo como Murcia o las Provincias Vascongadas.
Este proyecto hace pocas concesiones a la historia, y se rige por criterios de población, extensión y coherencia geográfica. Hay una voluntad de superar los nombres históricos, prefiriéndose los de las ciudades capitales. Tampoco se respetan los límites tradicionales de las provincias, configurando un mapa nuevo. Se eliminan los enclaves de unas provincias en otras, si pertenecen a distintos reinos, pero se conservan muchos enclaves cuando se hallan dentro del mismo. Este proyecto generó intensos debates por el número de provincias y la capitalidad, pero no dejaron de ser cuestiones menores.
En 1822 se restablecieron los intendentes provinciales como delegados de Hacienda. Pero la caída del gobierno liberal y la restauración del absolutismo dio al traste con el proyecto. En 1823 se restablecen las provincias del Antiguo Régimen por lo que el plan de 1822 nunca llegó a entrar en vigor.

jueves, 17 de mayo de 2007

Las Cortes de Cádiz

Las Cortes de Cádiz
En 1811 las Cortes de Cádiz derogan los señoríos jurisdiccionales, desapareciendo así la división entre señorío y realengo, que a pesar de la restauración del absolutismo por parte de Fernarnando VII en 1812 no volverán a entrar el vigor.
Al tiempo, las Cortes de Cádiz intentan crear un nuevo régimen, también liberal, en el que todas las provincias tengan las mismas obligaciones. La constitución de 1812 no reconoce la personalidad política de los antiguos territorios históricos. Esto fue aprobado por los diputados de todas las provincias, incluidos los territorios americanos. Las Cortes llegan a un sistema nuevo que sí tiene en cuenta los condicionamientos históricos. Se crean 32 provincias, según el nomenclátor de Floridablanca, con algunas correcciones. Pero, además, en 1813 encargan una nueva división provincial a Felipe Bauzá, que determina 36 provincias, con siete provincias subalternas, con criterios históricos. Pero nada de esto se aprobó, y el regreso de Fernando VII supuso la vuelta al Antiguo Régimen, con ciertas modificaciones. En 1817 España estaba dividida en 29 intendencias y 13 consulados.

Prefecturas de 1810




Mapa de la división en prefecturas de 1810.
El nuevo orden llega a España de la mano de Napoleón, que pone a su hermano José Bonaparte en el trono. En mayo de 1808 estalla la guerra de la Independencia. En 1810, el gobierno josefino intenta ordenar el territorio, dividiéndolo en 38 prefecturas, al estilo de las establecidas en Francia, y 111 subprefecturas, según el proyecto del clérigo Llorente. Las prefecturas recibirían nombres relativas a accidentes geográficos, fundamentalmente ríos y cabos. Esta división hacía tabla rasa de los condicionantes históricos, pero nunca llegó a entrar en vigor.
Se crearon 42 prefecturas:
Águeda, con capital en Ciudad Rodrigo (equivalente a grandes rasgos con el sur de la actual provincia de Salamanca y norte de la de Cáceres).
Arlanzón, con capital en Burgos (centro de la provincia de Burgos y La Rioja)
Bidasoa, con capital en Pamplona (Navarra)
Cabo de la Nao, con capital en Alicante (provincia de Alicante y este de la de Albacete)
Cabo de Peñas, con capital en Oviedo (Asturias)
Cabo Machichaco, con capital en Vitoria (País Vasco)
Cabo Mayor, con capital en Santander (Cantabria)
Carrión, con capital en Palencia (Palencia)
Cinca y Segre, con capital en Lérida (noroeste de la provincia de Lérida)
Duero Alto, con capital en Soria (provincia de Soria)
Duero y Pisuerga, con capital en Valladolid (provincia de Valladolid, sur de la de Burgos, provincia de Segovia y este de la provincia de Ávila)
Ebro, con capital en Tarragona (provincia de Tarragona, sureste de la de Lérida, este de la de Zaragoza y norte de la de Castellón de la Plana)
Ebro y Cinca, con capital en Huesca (provincia de Huesca)
Ebro y Jalón, con capital en Zaragoza (provincia de Zaragoza y norte de la de Teruel)
Esla, con capital en Astorga (provincia de León)
Genil, con capital en Granada (provincias de Almería y Granada)
Guadalaviar Alto, con capital en Teruel (sur de la provincia de Teruel)
Guadalaviar Bajo, con capital en Valencia (provincia de Valencia y sur de la de Castellón)
Guadalete, con capital en Jerez de la Frontera (provincia de Cádiz)
Guadalquivir Alto, con capital en Jaén (provincia de Jaén)
Guadalquivir Bajo, con capital en Sevilla (provincias de Huelva y Sevilla)
Guadalquivir y Guadajoz, con capital en Córdoba (provincia de Córdoba)
Guadiana y Guadajira, con capital en Mérida (provincia de Badajoz y oeste de la de Ciudad Real)
Jucar Alto, con capital en Cuenca (provincia de Cuenca)
Llobregat, con capital en Barcelona (provincia de Barcelona)
Manzanares, con capital en Madrid (ciudad de Madrid y áreas circundantes)
Miño Bajo, con capital en Vigo (provincia de Pontevedra)
Miño Alto, con capital en Lugo (norte de la provincia de Lugo)
Ojos del Guadiana, con capital en Ciudad Real (provincia de Ciudad Real, sur de la de Toledo y oeste de la de Albacete)
Salado, con capital en Málaga (provincia de Málaga y sureste de la de Sevilla)
Segura, con capital en Murcia (provincia de Murcia, noreste de la de Granada y parte central de la de Albacete)
Sil, con capital en Orense (provincia de Orense y sur de la de Lugo)
Tajo Alto, con capital en Guadalajara (provincia de Guadalajara y noroeste de la de Cuenca)
Tajo y Alagón, con capital en Cáceres (provincia de Cáceres sin su tercio norte)
Tajo y Alberche, con capital en Toledo (norte de la provincia de Toledo, desde el Tajo, y provincia de Madrid, sin la prefectura de Manzanares)
Tambre, con capital en La Coruña (provincia de La Coruña).
Ter, con capital en Gerona (provincia de Gerona).
Tormes, con capital en Salamanca (provincia de Zamora y norte de la de Salamanca)
Aunque la Guerra de la Independencia impididió adoptar todas estas reformas, en 1812 un decreto permitió anexionar Cataluña a Francia como una nueva región dividida en cuatro departamentos.

El siglo XIX

Durante el siglo XIX, en España se asiste a una lucha entre el Antiguo Régimen y el Estado liberal, con dos conceptos antagónicos de gobierno. El Estado liberal necesita una nueva ordenación del territorio, que le permita gobernar el país de manera uniforme, recaudar impuestos, y crear un mercado único con leyes iguales para todos
Pero la reforma de la organización territorial comienza en 1810 con la división provincial que proponen los ministros de José Bonaparte. El modelo que sigue para esta nueva división provincial es el modelo francés. Divide España en 38 prefecturas y 111 subprefecturas. Esta división del territorio se tomará en cuenta en las Cortes de Cádiz para hacer su propuesta de una nueva división provincial. Se prevé la creación de 32 provincias, sacadas del nomenclátor de Floridablanca pero con algunas correcciones. Sin embargo, esta división provincial es inoperante, pues mantiene los vicios de antes, al consolidar la mayor parte de los enclaves de unas provincias en otras, lo que dificulta la centralización administrativa.

Intendencias de1720




División de España en intendencias de 1720.
Felipe V creó, tomando como base las provincias preexistentes creadas por los Austrias, la institución de las intendencias. Si bien es cierto que éstas no coincidían siempre con los límites de las provincias, por lo que hubo cierta oposición a esta división.
Veinte fueron las intendencias entonces creadas: las de La Coruña, León, Valladolid, Burgos, Pamplona, Zaragoza, Barcelona, Salamanca, Ávila, Guadalajara, Toledo, Madrid, Ciudad Real, Valencia, Mérida, Sevilla, Córdoba, Granada, Palma y Santa Cruz de Tenerife.
Fernando VI reordenó los límites de las intendencias, haciéndolos coincidir con las provincias de los Austrias y los antiguos reinos de España.
Bajo el reinado de Carlos III se realizó un Prontuario o Nomenclator de los Pueblos de España y se elaboraron mapas para facilitar el control del reino.

Reconquista


Con la Reconquista se crearon varios reinos cristianos a partir del Reino de Asturias que en el siglo XII terminaron siendo cuatro: el Reino de Portugal (ya independiente), el Reino de Castilla (ya unido al Reino de León), el Reino de Navarra y el Reino de Aragón. En el extremo oriental de los Pirineos se formaron unos condados, vasallos de los francos en principio, que serían el germen de Cataluña.
Con los Reyes Católicos cada uno de estos reinos mantuvo sus divisiones administrativas propias: en Castilla, las provincias y en la Corona de Aragón: distritos en Aragón, veguerías en Cataluña y MallHispania Citerior

Reinos visigodos y musulmanes




Reinos visigodos y musulmanes
Con la caída del Imperio Romano, los visigodos procedentes de la Galia ocuparon la mayor parte de la península. No fueron capaces de mantener la división administrativa romana debido al proceso de ruralización que entonces se dio.
A partir del 711, los musulmanes empezaron a conquistar la península hasta el 1492 en que fueron definitivamente expulsados. El reino musulmán se dividía en coras o kuras todas las cuales dependían de alguna ciudad. Más tarde, según el poder musulmán iba decayendo, las coras se independizaron creándose pequeños estados con su propio rey, los reinos de taifas

miércoles, 16 de mayo de 2007

ORGANIZACION TERRITORIAL ESPAÑOLA


Época antigua
La península Ibérica fue ocupada, en origen, por pueblos de distintas procedencias (indoeuropeos, ibéricos o de etnogenia desconociada como várdulos y vascones). Estos pueblos no realizaron ninguna división administrativa.

Invasión romana
Artículo principal: Organización política de Hispania
Los romanos realizaron diversas divisiones de la península a lo largo de la historia de su Imperio:
División de 197 adC (sus límites no eran prescisos ya que sólo el litoral estaba dominado):
Hispania Citerior: Valle del Ebro y litoral mediterráneo.
Hispania Ulterior: Valle del Guadalquivir.
División en el Alto Imperio Romano en tres provincias divididas en conventos jurídicos:
Hispania Ulterior Bética
Hispania Ulterior Lusitania
Hispania Citerior Tarraconensis
Diócesis de Hispania (siglo III) dividida en seis (más tarde siete) provincias (una de ellas en el norte de África:
Tarraconense
Carthaginense
Bética
Lusitania
Gallaecia
Baleárica: Esta división apareció a finales del siglo III con la administración de Diocleciano.
Mauretania Tingitana

Tras derrotar a los cartagineses, los romanos dividieron sus conquistas en el sur y este de la Península Ibérica en dos provincias: Hispania Citerior (costa este, desde los Pirineos a Cartagena) y Ulterior (sur, más o menos la actual Andalucía). La administración de la Hispania Citerior recaía sobre la ciudad de Tarraco (actual Tarragona). Al extenderse sus dominios hacia el interior peninsular, la Hispania Citerior se acabó convirtiendo en la provincia romana Tarraconense, que se extendía desde el Mediterráneo hasta Galicia.

Hispania Ulterior (Hispania "la lejana") fue una de las dos provincias en que los romanos dividieron Hispania tras su conquista el 197 adC. Comprendía inicialmente el valle del Guadalquivir, aunque posteriormente incluyó toda la parte occidental de la península Ibérica. El año 27 adC César Augusto dividió la Hispania Ulterior en dos provincias: Bética (Baetica) como provincia senatorial y Lusitania como provincia imperial